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Insignificante es el número de personas que no participan en el sorteo de la Lotería de Navidad, comparado con la ingente cantidad de personas que creen que la fortuna les puede ser propicia, en... |
2023-04-23
Insignificante es el número de personas que no participan en el sorteo de la Lotería de Navidad, comparado con la ingente cantidad de personas que creen que la fortuna les puede ser propicia, en el juego, por lo que compran décimos y más décimos para que los números elegidos sean introducidos en el bombo dorado, metálico y dorado de la suerte el 22 de cada diciembre.
La probabilidad de premio en realidad es muy escasa, pero aun así no faltan quienes comienzan a adquirir décimos durante las vacaciones de verano con el deseo de probar fortuna en los lugares de descanso, iniciando así el mantra del “Y si toca”.
Pero es bueno conocer, que cuando una persona compra un décimo para posteriormente compartirlo con amigos o familiares, por salud emocional y saneamiento económico, más bien, es recomendable dejar constancia documental de que el décimo será un bien compartido llegado el caso de que la fortuna les conceda el deseo, entre los participantes que han concurrido en su compra.
El hecho justificante es básico, basta con hacer una fotocopia del décimo donde se escribirán los nombres y apellidos, y demás datos personales, de quienes forman parte para el sorteo de dicho bien. Y para mayor seguridad se pueden añadir tantas rúbricas como participantes confluyan.
Pero esta precaución se hace extensiva al resto de participantes, no solo amigos o familiares, que luego vienen los problemas, por lo que en dicho trámite englobo a los casados en bienes gananciales o en separación de bienes, novios, parejas de hecho (para mayor seguridad), y si no que se lo pregunten a los abogados, fiscales y jueces del Tribunal Supremo.
Porque el karma siempre está dando vueltas, y muchas son las veces que se hace realidad ese dicho que circula con mucha alegría que dice así: “Agraciado en el juego, desgraciado en amores”, ya que la voluntad de repartir un premio, según cuentan quienes han pasado por dicha experiencia, posteriormente han sufrido el desgarro de haberse convertido la celebración en un enorme disgusto, transformándose en una mayúscula disputa en las salas de los juzgados españoles, llegando a etiquetarse el delito de “Apropiación indebida” estando tipificado en el Código Penal en el artículo 253.
Así que, no confundan la velocidad con el tocino, y delimiten su futuro en el juego compartido con segundas, terceras, cuartas, personas, etcétera, porque la ley borra con la sentencia de un martillazo la increíble casualidad de decir: ¡Que nos ha tocado! Mucha suerte.
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