"Esto no va a evitar que los “malos empresarios” encuentren los coladeros para mantener la precarización del empleo,...

2022-03-27

 

¿Para qué la reforma laboral?

 

Asistimos en las últimas semanas a una vorágine de acontecimientos que no nos permiten entender qué está pasando y menos valorar la trascendencia de lo que pasa. La rapidez con que ocurren quita importancia al acontecimiento anterior y a las medidas que se toman. Ante esto, la tentación en la que nos embarca este sistema es la de siempre: meterme debajo del paraguas de mi propia seguridad. Reflexionar, pensar y hacerlo de manera crítica, responsabilizarnos de los demás, de nuestros actos, no va con la mayoría si no se saca provecho propio.

Hace pocas semanas, en una sesión de infarto, se aprobaba en el Congreso un Decreto-Ley de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. A pesar del ruido, de las críticas sobre la tibieza y limitaciones de la propia reforma, hay cuestiones que merecen la pena destacar, como el proceso de diálogo y que esta reforma rema contra de la destrucción de derechos laborales.

El acuerdo recupera la centralidad del trabajo y el diálogo social como mecanismo para intervenir en los cambios necesarios. Permite mejoras para las trabajadoras, los trabajadores y sus familias, especialmente para las personas que sufren la temporalidad y la precariedad. Recupera y protege derechos en la negociación colectiva, para atajar prácticas contrarias a los mismos y concretas medidas para evitar despidos, cuidando el empleo en situaciones de dificultad. Son especialmente cinco las medidas que establece:

1.— En reducir la temporalidad. Sobre todo, eliminado el contrato por obra y servicios (que es el 60 % de los contratos temporales).

2.— Impulso de los contratos formativos. Para que cumplan realmente con la función de incorporar a los jóvenes al trabajo.

3.— Reforma en las contratas y subcontratas. Para evitar que los contratos temporales cubran necesidades de plantilla.

4.— Creación de un mecanismo de flexibilidad interna y garantía de empleo para el mantenimiento del empleo y para evitar la destrucción de puestos de trabajo, mediante un mecanismo RED.

5.— Fortalecer la negociación colectiva: Asegurando la ultraactividad del convenio. Aunque esté vencido o se haya denunciado, seguirá vigente lo que ayuda al papel de los sindicatos en la negociación colectiva.

Por ahora, el incremento de contratos fijos frente a los temporales es evidente.

Esto no va a evitar que los “malos empresarios” encuentren los coladeros para mantener la precarización del empleo, pero abre una puerta a la esperanza, al reconocimiento de las personas y al derecho del trabajo digno.

Estas cuestiones son especialmente importantes para avanzar en la construcción del bien común, la reducción del empobrecimiento y de la desigualdad, para iniciar cambios en la organización del trabajo y en la economía que nos permitan hacer del mundo un lugar más humano y habitable.

El Papa Francisco nos dice: “Busquemos soluciones que nos ayuden a construir un nuevo futuro del trabajo fundado en condiciones laborales decentes y dignas, que provengan de una negociación colectiva, y que promuevan el bien común, una base que hará del trabajo un componente esencial de nuestro cuidado de la sociedad y de la creación. En ese sentido, el trabajo es verdadera y esencialmente humano. De esto se trata, que sea humano” (Francisco, Mensaje en la 109 reunión de la CIT, junio 2021).

Pues eso.


 

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