9-10-2022
Hasta ocho acepciones recoge la RAE sobre la palabra comunidad (…). Qué barbaridad. Según Transparencia, «El Presidente tiene asignado, en el presupuesto de 2021, las retribuciones brutas siguientes: Sueldo (14 mensualidades): 28.960,12. Otras remuneraciones (12 mensualidades): 113.550,84. Total, Anual: 142.510,96. Trienios (14 mensualidades): El importe correspondiente al número y Cuerpo de procedencia, en su caso»
Curiosamente, de entre las ocho acepciones referidas, por antonomasia, la comunidad de vecinos es la más renombrada (en este caso, el Presidente no tiene asignado en el presupuesto ninguna retribución). Y como peculiar y curiosa que también lo es entre todas: “Una comunidad de vecinos es una entidad jurídica formada por todos los propietarios de un edificio. De hecho, vivir y compartir espacio con muchas personas no es tarea fácil, ya que muchas veces surgen problemas que pueden evitarse. Por ello, un condominio debe regirse por normas y estatutos acordados”.
Desde el señalado anterior, entiéndase, pues, que la institución del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no es un condominio de determinados jueces, sino que sí es un condominio del Estado. “El Consejo General del Poder Judicial es un órgano constitucional, colegiado, autónomo, integrado por jueces y otros juristas, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos”. En consecuencia, para nada es admisible que dicho órgano tenga que ser elegido por los propios jueces: ya que al ser una alta institución del Estado (y no un condominio de los jueces) le corresponde elegir a dicho órgano a los representantes del Estado (del pueblo) el Congreso de los Diputados que es la Cámara Baja de las Cortes Generales, el órgano constitucional que representa al pueblo español.
Dicho esto; a cualquier urbanita y, por qué no, hasta al más apartado ciudadano rural totalmente ajeno a la cotidianeidad de los millones de comunidades de vecinos de la propiedad horizontal de este tan maltratado país de las Españas, si se detiene un momento y lo piensa, le resultará muy difícil entender por qué un determinado número de jueces, aun habiendo caducado su tiempo de mandato, siguen ejerciendo su cargo al frente del CGPJ como si de los cargos (sin cubrir por rechazo) de la comunidad de vecinos se tratara. Si son “responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley” ¿dónde está la responsabilidad? Sus señorías están incumpliendo el mandato sobre cargos del propio reglamento de la institución; y ¡no pasa nada! Va camino de tres años la expiración de su mandato, y por su total admisibilidad ante tan grave hecho, tan panchos, siguen en el ejercicio del cargo. Es vituperioso. Aunque los vericuetos de las leyes lo sostengan; decente, moral y éticamente, ¿es de justicia? (Amparándose en reglamentos y leyes lo podrá ser). Al igual que la integridad, en ese mismo momento de amparo, salta por los aires. ¿De verdad que en manos de estos ciudadanos-funcionarios está la más elevada responsabilidad sobre el poder judicial del país? Y siendo así, qué lo es; ¿no intervienen, más, aunque sea de oficio, para solucionar tal desaguisado desde su dimisión irrevocable en bloque? Su proceder es pasto de la intranquilidad de la moral colectiva del país de las Españas. Una moral colectiva sumida en una gran crisis de valores, e incluso temerosa de cualquier requeridora por seguir.
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