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2023-12-03
La Constitución que no...
En los días de publicación de este artículo, la Constitución Española de 1978 y sus derivadas será una de las noticias de actualidad del momento, primero, por su efeméride, su 45 aniversario que cumplirá el 6 de diciembre, día de 1978 en la que se celebró el referéndum de ratificación del pueblo español, tras su aprobación por las Cortes Generales, Congreso y Senado, en sus sesiones plenarias del 31 de octubre y previamente a su sanción por parte del Rey ante las Cortes el 27 de diciembre, siendo publicada en el BOE núm. 311, de 29 de diciembre y, segundo, por sus intentos de politización y patrimonialización de los partidos de la derecha —si bien el partido antecesor del PP como Alianza Popular la mitad de su Grupo o votó en contra o se abstuvo y otros partidos nostálgicos como VOX (FE-JONS o Fuerza Nueva votaron en contra o La Falange (Auténtica) se abstuvieron)— a cuentas de los últimos procesos de Investidura, tras las Elecciones Generales del 23 de julio, y la tramitación parlamentaria de la Proposición de Ley de Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
No obstante, lo cierto y verdad es que
aquellos partidos políticos que hoy dicen hacer todo lo que hacen y decir todo lo que dicen en defensa de la Carta Magna, en la práctica no lo hacen
más que en su propia interpretación e interés con la pretensión de deslegitimar, a través del uso de palabras gruesas como dictadura o golpe de Estado, al legítimo Gobierno de España, presidido por Pedro Sánchez, tras haber sido investido por el Congreso de los Diputados por 179 votos a favor —más apoyo que Calvo Sotelo en 1981 (169), más que Felipe González en 1989 (167), más que Zapatero en 2008 (169), más que Rajoy en 2015 (170) y donde las 8 formaciones que han votado Sí a Sánchez suman más de 12,5 M de votos, cifra solo superada por Zapatero en 2004, más incluso que la mayoría absoluta de Rajoy en 2011 (187 escaños y 10,8 M de votos), la mayoría absoluta de Aznar en 2000 (183 escaños más 19 apoyos de fuerzas nacionalistas que suponían 11,5 M de votos) o la mayoría absoluta (201 escaños y 6 apoyos adicionales hasta llegar a los 11,6 M de votos) de Felipe González en 1982)—.
Por lo tanto, al Partido Popular y VOX, como es propio de una Democracia madura y consolidada, solo le queda reconocer la legitimidad del Presidente del Gobierno y la mayoría parlamentaria, surgida de las elecciones, que los sitúa en la oposición.
El artículo 99 de la Constitución es claro. 1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados —las Elecciones Generales que se celebraron el 23 de julio—, y en los supuestos constitucionales que así proceda —tras la Investidura fallida de Feijóo que no consiguió mayoría absoluta en primera votación ni simple en segunda, respectivamente los días 27 y 29 de septiembre—, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los Grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno —el Rey, primero, propuso el 22 de agosto a Feijóo, aun sabiendo que no tendría la mayoría parlamentaria, justificándolo en base a que el Partido Popular fue la lista más votada y así lo decía el precedente y la tradición y, luego, al confirmar el Congreso que el PP no contaba dicha mayoría parlamentaria, propuso a Pedro Sánchez, el 3 de octubre—. 2. El candidato propuesto conforme a lo previsto en el apartado anterior expondrá ante el Congreso de los Diputados el programa político del Gobierno que pretenda formar —es de notar que se habla de programa político y no de programa electoral, ya que, en ausencia de mayoría absoluta, la pretensión de formar un Gobierno de coalición o, en su caso, gobiernos en minoría a través de apoyos parlamentarios de Investidura o puntuales, requiere de un programa consensuado, acuerdos y renuncias y concesiones— y solicitará la confianza de la Cámara —como ya he dicho, Feijóo lo hizo sin éxito los días 27 y 29 de septiembre y que Pedro Sánchez sí ha superado el pasado 16 de noviembre con mayoría absoluta, 8 formaciones políticas, todas las de la Cámara, a excepción de PP, VOX y UPN, incluso Coalición Canaria que votó Feijóo también ha votado a Pedro Sánchez—. 3. Si el Congreso de los Diputados, por el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, otorgare su confianza a dicho candidato —lo que ocurrió con Pedro Sánchez en la sesión del 16 de noviembre y que, sin embargo, Feijóo no superó el 27 de septiembre al conseguir solo 172 votos (PP, VOX, UPN y CC)—, el Rey le nombrará Presidente —así lo hizo el Rey, publicándose el Real Decreto 828/2023, de 16 de noviembre, al día siguiente en el BOE—. De no alcanzarse dicha mayoría, se someterá la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas después de la anterior, y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple —Feijóo tuvo una segunda votación el 29 de septiembre, pero tampoco obtuvo la mayoría simple, ya que solo consiguió nuevamente 172 votos frente a 177, ya que uno fue anulado por error—. 4. Si efectuadas las citadas votaciones no se otorgase la confianza para la investidura, se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores —como ya he dicho, de ahí vino la propuesta de Pedro Sánchez como candidato, tras el fracaso de Feijóo como primera propuesta—. 5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura —el 27 de septiembre con la propuesta de Feijóo—, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso —el reloj de la democracia, para repetir unas nuevas elecciones, se hubiera frenado el 26 de noviembre y se hubieran celebrado el 14 de enero de 2024.
Como puede verse, la lista más votada, en el sistema electoral español, no es más que una invención del Partido Popular en su propio interés. En España gobierna quien obtiene más apoyos parlamentarios o concejales. El Partido Popular lo sabe y así gobierna en Comunidades Autónomas como Extremadura o Canarias, al igual que en cientos de ayuntamientos de España, donde el PSOE fue la lista más votada en las Elecciones Autonómicas y Locales de mayo o en Andalucía, donde Moreno Bonilla llegó a la Presidencia de la Junta de Andalucía en 2018 con el peor resultado de la historia de PP andaluz —que ya de por sí nunca había sido muy bueno— y el pacto con Cs y su acuerdo de gobernabilidad con VOX —la primera vez que la extrema derecha accedió a las instituciones—.
Brevemente, podemos decir que tampoco respeta el artículo 2 de la Constitución cuando las derechas no “…reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran…” cuando braman contra vascos y catalanes a pesar de llamar a la unidad de España ni cuando aplauden que el Poder Judicial se inmiscuya o concentre contra las decisiones del Ejecutivo o del Legislativo, pero, a la vez, hablan de ausencia de división de poderes porque el Legislativo tramita una Proposición de Ley, a través de una Ley orgánica que requiere mayoría absoluta, o lleven
bloqueando durante más de 1.813 días la renovación del Consejo General del Poder Judicial
o cuestionen la legitimidad del Tribunal Constitucional llamándolo “Tribunal de parte” o diciendo que “tendrá que decidir si está en el lado de los constitucionalistas o en el de los enemigos de la Constitución”, en función de si sus decisiones sean del agrado o no del Partido Popular.
Así podríamos seguir artículo por artículo, analizando caso por caso, pero la extensión de este artículo no lo permite, aunque, sin duda, la deriva radical en la que está el Partido Popular nos dará la ocasión para hacerlo. Todo ello no es más que muestra de que la Constitución para las derechas no es más que una excusa porque ni la votaron ni la acatan ni la cumplen.
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